Ley 1811 de 2016: qué le exige a tu empresa
Publicado el 11 de septiembre de 2026 · Soluciones de Movilidad
Si tu empresa está evaluando instalar un biciparqueadero, seguramente ya escuchaste hablar de la Ley 1811. Esto es lo que dice, en términos prácticos.
Qué es
La Ley 1811 de 2016 “otorga incentivos para promover el uso de la bicicleta en el territorio nacional”. Es la norma marco detrás de casi toda la infraestructura para bicicleta que ves en oficinas, universidades y entidades públicas en Colombia.
A quién obliga
La ley apunta a entidades públicas y empresas privadas, con exigencias que dependen del número de trabajadores. El punto central: quienes cumplen el umbral deben disponer de biciparqueaderos y, donde el espacio lo permita, duchas y vestieres para quienes lleguen en bicicleta.
Los plazos y el detalle exacto están en el texto de la ley y su reglamentación. Si no estás seguro de si te aplica, es más rápido preguntar que adivinar: revisa nuestra página de normativa o cuéntanos tu caso y te lo confirmamos.
Qué NO resuelve la ley por sí sola
La Ley 1811 dice que debes tener biciparqueadero; no te dice cuántos cupos ni de qué modelo. Ese número suele salir de otro lado: el POT de tu municipio (si estás construyendo o remodelando) o, si no aplica el POT, del cálculo simple de cuántos colaboradores llegarían en bici.
Para eso hicimos una calculadora de cupos: dos datos y tienes un rango para planear.
Cómo empezar
- Confirma si tu empresa está dentro del umbral de trabajadores de la ley.
- Revisa si el POT de tu municipio exige, además, un mínimo por área construida.
- Estima cupos con la calculadora.
- Cotiza el proyecto — la visita técnica confirma el número exacto y el modelo que mejor aprovecha tu espacio.
La Ley 1811 no es un trámite más: es la palanca que ya usan la mayoría de empresas en Colombia para justificar la inversión ante su comité. Tenerla clara desde el principio agiliza toda la conversación interna.